Cédula de habitabilidad
Cédula de habitabilidad, ¿qué es, para qué sirve y cuánto cuesta?
Es un trámite imprescindible para poder vender o alquilar una vivienda. Y es que, gracias a ella se certifica que un inmueble está preparado para vivir en él con plena seguridad.
¿Qué es la cédula de habitabilidad?
Es un documento expedido por las autoridades locales o autonómicas que certifica que una vivienda cumple con los requisitos mínimos para ser habitada.
Estos requisitos varían según la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble y el año en que fue construido, ya que existen diferentes normativas aplicables según cada caso. Esto se debe a que las comunidades autónomas tienen amplias competencias en materia de urbanismo. No obstante, hay ciertos criterios que están regulados a nivel nacional mediante normativas como el Código Técnico de la Edificación.
¿Para qué sirve la cédula de habitabilidad?
Este documento sirve, entre otros, para:
- Asegurar la habitabilidad de la vivienda en cumplimiento de ciertas condiciones de salubridad, higiene y solidez
- Permitir dar de alta servicios como la luz, el agua o el gas
- Proceder a la compra o la venta de una vivienda en determinadas comunidades autónomas
¿Cómo tramitarla?
Será necesario contratar a un arquitecto colegiado o un arquitecto técnico para que inspeccione la vivienda y verifique que cumple con los requisitos mínimos exigidos por la comunidad autónoma donde se encuentra. Tras realizar esta evaluación, el profesional emitirá un certificado, el cual deberá ser visado por el Colegio de Arquitectos. Este documento se presentará ante la autoridad correspondiente para solicitar la cédula de habitabilidad.
El proceso completo puede tardar hasta tres meses en completarse.
Tipos de cédulas de habitabilidad
Existen tres tipos de cédulas en función de la antigüedad del inmueble:
- Las de primera ocupación: Se concede a viviendas de nueva construcción para certificar que cumplen con los requisitos de habitabilidad.
- Las de segunda ocupación: Se otorga a inmuebles que ya han sido habitados previamente. Funciona como una renovación de la cédula inicial.
- Las de rehabilitación: Se expide para viviendas que han sido sometidas a una reforma, garantizando que las modificaciones realizadas cumplen con la normativa vigente en materia de habitabilidad.
En ciertas comunidades autónomas, se ha decidido suprimir la cédula de primera ocupación, ya que existen otros documentos, como la licencia de primera ocupación, que cumplen la misma función y certifican las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
¿Qué se necesita para poder tener la cédula?
La vivienda debe cumplir con una serie de requisitos que dependerán en gran medida de la normativa autonómica aplicable. Estos son algunos aspectos que suelen tenerse en cuenta:
- Debe tener, como mínimo, una superficie útil concreta en metros cuadrados
- La vivienda deberá disponer desala de estar, comedor, baño y un equipo de cocina
- Se deberá cumplir la normativa vigente de eficiencia energética
- Existen condiciones específicas en materia de seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, riesgo de caídas, etc., así como en cuanto a salubridad
¿Qué datos contiene el documento?
El contenido mínimo de la cédula de habitabilidad depende de la normativa de cada región, pero, en general, suelen contener la dirección de la vivienda, la superficie útil, habitaciones y espacio, umbral máximo de ocupación y la identificación del técnico que ha elaborado el certificado.
Duplicado de la cédula de habitabilidad
Para solicitarlo, ésta debe encontrarse vigente. Bastará con que el propietario de la vivienda solicite al departamento de vivienda correspondiente a la comunidad autónoma una copia de la misma. En estos casos el coste suele ser reducido.
En cuanto a los documentos para solicitar el duplicado de la cédula de habitabilidad, dependerán de la normativa de la comunidad autónoma y/o municipio y suelen ser los siguientes:
- Si eres el propietario de la vivienda hay que aportar la escritura de compraventa y el DNI
- Si eres el inquilino de la vivienda se deberá aportar el contrato de arrendamiento vigente, los tres últimos pagos recibidos de suministro de agua o luz y el DNI
- Si eres representante del propietario se debe de aportar el DNI del representante y propietario, la escritura de compraventa de la vivienda y la autorización legal para actuar en nombre del propietario
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Fuente: Idealista